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La nueva redacción del art 127 del reglamento de extranjería: ¿podremos dar respuesta desde la Inspección de Trabajo a alguna de las situaciones de irregularidad preexistentes?

La nueva redacción del art 127 del reglamento de extranjería: ¿podremos dar respuesta desde la Inspección de Trabajo a alguna de las situaciones de irregularidad preexistentes?

La participación de la ITSS en estos procesos de adecuación nos acercará más a las personas extranjeras más vulnerables y nos observarán no tanto desde la pura óptica de control que les supone de inmediato el cese de sus ingresos tras nuestra actuación, sino como una oportunidad de aproximarse a la regularidad desde una colaboración directa con un servicio público en el que su esencia es el desarrollo de una función social hacia y por las personas trabajadoras.

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