UPIT
Líneas de actuación UPIT para el período 2017-18

Después de un largo periodo de inestabilidad política, parece que abordamos una etapa de relativa estabilidad. La minoría del gobierno garantiza, o al menos estimula, la necesidad de diálogo con la oposición y con las organizaciones patronales y sindicales, como se ha demostrado en el fiasco de la reestructuración de los puertos.

Parece claro, sin embargo, que no son de esperar cambios políticos de alcance, y menos en lo relativo a las políticas laborales y sociales. Ya hemos repetido que la reforma laboral ha constituido todo un éxito para quienes la apoyaron:

a) Fuerte reducción del peso de los salarios en el gasto total de las empresas y en el PIB, creciendo a su costa los ingresos del capital, es decir, los beneficios de las empresas. Esta reducción se ha realizado en muchas ocasiones sobrepasando ampliamente las facilidades que dio la reforma. En muchos casos se ha producido en fraude de ley. No solo a través de las empresas multiservicios cuyos convenios se están ya anulando por la jurisdicción, sino mediante inaplicaciones abusivas de convenio o reducción de las condiciones de trabajo también abusivas y en fraude. Es la materialización de la idea de que la reforma permite todo. Casi todo, pero no todo.

b) Precarización del empleo a base de la ya tradicional proliferación de contratos temporales o contratos a tiempo parcial en fraude de ley, pero también mediante fenómenos nuevos como el crecimiento desbordado de los falsos autónomos, las falsas cooperativas, becarios y prácticas no laborales en las empresas o los supuestos de cesión ilegal de trabajadores. El miedo a perder el trabajo, incluso en esas condiciones, ha permitido una precarización sin resistencia y un masivo trasvase de trabajadores por cuenta ajena a falsos trabajadores por cuenta propia.

c) Todos estos elementos, más las campañas permanentes en su contra, han conducido a una pérdida de poder y de influencia de los sindicatos, cuya razón de ser fundamental es la interlocución en la negociación colectiva. La desarticulación del sistema de negociación de los convenios ha sido una pieza fundamental en esa pérdida de peso y presencia sindical en los centros de trabajo.

d) El retroceso sindical dificulta enormemente el trabajo de la Inspección, en la medida en que se pierde el control y la vigilancia de los derechos en el centro de trabajo por quienes están llamados a ejercerlo en primer lugar, los representantes de los trabajadores. Por eso nuestro trabajo se multiplica y la efectividad desciende. El fraude es tan masivo que no es posible combatirlo empresa a empresa desde fuera.

e) Pero a ello se añade el fenómeno de la “contra-legislación”. Los cambios legislativos han venido a dificultar enormemente el trabajo de la Inspección. Están hechos precisamente para eso. A mayor poder discrecional del empresario, menor contrapeso y menos instrumentos de control. A mayor pérdida de peso de los representantes de los trabajadores, mayor oscuridad en la función inspectora.

Es decir, hemos asistido estos años al desarrollo de una legislación “contra los trabajadores” pero también “contra la Inspección”. Mientras se elaboraba la nueva Ley de Inspección, que en la letra puede suponer algún avance (también algún retroceso, como ya denunciamos en su momento), la actitud del Ministerio era empujar a los inspectores (y subinspectores) a la persecución de los más desfavorecidos del sistema, los perceptores de prestación. No a los reales defraudadores a gran escala. No solo hay motivos ideológicos detrás, como este mantra ultrarreaccionario de que “el parado es un vago”, sino también motivos más peligrosos, como dar a entender que el futuro de nuestro sistema de seguridad social puede peligrar por ese tipo de fraude y no por el fraude en la cotización y por los bajos salarios, que es la realidad.

Hay ahora dos elementos de fraude principales: la infracotización y el fraude en el salario, ambas ligadas en cierto modo. Ya hemos dicho que el efecto secundario de la reforma laboral ha sido la extensión de la idea de que todo se puede hacer en las empresas con impunidad. Son demasiado frecuentes los casos de descuelgues fraudulentos de los convenios colectivos o la imposición de condiciones de trabajo inferiores también de forma fraudulenta. Ni siquiera cumplen las mínimas condiciones legales de acuerdo real con los trabajadores o la RLT, ni comunicación a las paritarias ni a la autoridad laboral. Además, el control del fraude en la contratación y de las jornadas de los CTP es del todo insuficiente. La imposición de condiciones inferiores a las legalmente establecidas en las cláusulas adicionales de los contratos de trabajo se extiende cada vez más.

Sin embargo, las actuaciones inspectoras hace años que no tienen como prioridad las infracciones del ámbito “laboral”. Se pudo pensar en su momento que la capacidad sindical era suficiente y que las prioridades estaban en otro lugar. Y es cierto que tenemos comprobado que allá donde existe representación sindical, los niveles de fraude son mucho más bajos. Pero en estos momentos nadie puede afirmar que la situación sindical es la que era, por lo que el control del cumplimiento de las obligaciones empresariales en este ámbito debe ser una prioridad.

Las costumbres extendidas, por ejemplo, en muchas Inspecciones de desviar directamente las denuncias de salario al juzgado sin intervenir ni sancionar; de extender actas de liquidación por diferencias de convenio sin siquiera requerir al empresario que justifique el abono de las diferencias salariales, y mucho menos sancionar; la proliferación de actas extendidas a autónomos sin examinar seriamente si son falsos autónomos; la práctica de no extender a los sectores los fraudes comprobados en empresas características, nos deben hacer reflexionar sobre la práctica inspectora cotidiana, promovida e impulsada por la obsesión estadística del sistema y no por nuestra función social.

Lo mismo puede decirse en relación con las prioridades establecidas en cuanto al fraude en la cotización a seguridad social. Ya hemos repetido que el fraude principal no está en las prestaciones de los desempleados, sino en la cotización empresarial, también afectada por el fraude en el salario, pero que toma nuevas formas especialmente con los falsos autónomos, las falsas cooperativas o las empresas de servicios con convenios a la carta. Muy raros son, por otro lado, los traslados al Ministerio fiscal en casos de fraude salarial o contractual. Sin embargo, nuestras actuaciones con las diferentes policías no siempre constituyen un auxilio a la actuación inspectora sino al contrario.

Finalmente, volvemos a insistir en la necesidad de fomentar la asunción de la prevención de riesgos por las empresas, combatiendo la idea de que esta función se puede externalizar con los resultados que estamos observando. Todavía se da en muchos casos un mero cumplimiento formal de las obligaciones preventivas, carente de eficacia. Solo en caso de accidente se exigen las responsabilidades, aunque de manera muy poco uniforme. Así, como se extrae de la Memoria de la Inspección de los últimos años, las ratios de propuesta de recargo de prestaciones en relación con las sanciones por falta de medidas de seguridad en caso de accidente o enfermedad son bien desiguales dependiendo de la Comunidad Autónoma.

Pues bien, ante esta situación, entendemos que UPIT tiene que plantear su acción sobre los siguientes ejes:

1. Seguir insistiendo en la necesidad de realizar modificaciones legislativas que reviertan los elementos más lesivos e injustos de la reforma, como las que propusimos a las fuerza políticas que permitan reequilibrar el poder de negociación en las empresas. No se trata de ningún maximalismo, sino de recuperar el derecho a la negociación colectiva y a una mínima intervención sindical en las empresas, que han sido brutalmente reducidos.

2. Insistir también en muestras propuestas de control de los CTP con la comunicación obligatoria del cambio de horario y presunción de jornada completa si se comprueba que no se trabaja en el horario declarado.

3. También han de introducirse modificaciones en la regulación de las cooperativas, de forma que se garantice que son verdaderas asociaciones de trabajadores que controlan ellos mismos la actividad y las condiciones de trabajo, reservando la opción del RETA a las pequeñas y obligando a que el resto integren a los trabajadores en el RGSS.

4. Han de introducirse medidas de transparencia en la figura y en la contratación de trabajadores autónomos de forma que sea obligatoria la declaración de los contratados y el depósito del contrato a efectos del control inspector del fraude.

5. Han de cambiar las prioridades de la actuación inspectora. Es necesario poner en primer término el control de las condiciones de trabajo: jornada y salarios fundamentalmente. incluyendo acciones planificadas que comprendan el control de las condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación.

6. Extender la acción inspectora a las empresas de servicios tras las recientes sentencias es otra prioridad. Hay que promover además una regulación de la subcontratación/externalización que defina de una forma clara sus límites, las obligaciones de las empresas principales, los requisitos de las empresas subcontratistas y los derechos y garantías, en todos los ámbitos (laboral, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales) de los trabajadores subcontratados.

7. Las actuaciones en materia de seguridad social también han de cambiar de prioridad para combatir el fraude en la cotización. Existen, por ejemplo, sectores enteros como la enseñanza o la sanidad privadas (sin olvidar la construcción) en que los falsos autónomos son masivos. Hay que extender las actuaciones de forma planificada y sectorial, sin terminar en el caso que nos llega vía denuncia.

8. Elevar la calidad de las actuaciones inspectoras en prevención de riesgos laborales, de manera que se priorice la vigilancia de la actuación material preventiva de la empresa y la integración de la prevención. Exigiendo también a los servicios de prevención un trabajo acorde con la realidad de las empresas a las que prestan servicios, en particular en los mancomunados, que son los que más escapan al control.

9. Para todo ello sería muy importante que las asociaciones de inspectores y subinspectores fuéramos consultadas sobre la planificación anual de la Inspección, como venimos reclamando. Igual, por cierto, que sobre los planes de formación de la Escuela, en los que carecemos de toda intervención.

También tenemos otras tareas por delante, como es la participación en el proceso que se abre en relación con el desarrollo del Organismo Autónomo de la Inspección, intentando evitar que todo quede en buenas intenciones. De todo ello, y de otras cuestiones puntuales, hemos dado cuenta en nuestras reuniones con la Dirección General.

Quizá sea también el momento en que también públicamente demos valor a nuestra función social difundiendo las propuestas de UPIT.

SECRETARIADO PERMANENTE UPIT

Madrid, 28 de Marzo de 2017.

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