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Varapalo al sistema español de indemnización por despido

Varapalo al sistema español de indemnización por despido

El Tribunal de Justicia Europeo ha sacudido los cimientos de la normativa laboral española, al afirmar en una reciente sentencia que la indemnización entre indefinidos y temporales no debe ser diferente sólo en atención a la duración de los contratos. Según los magistrados comunitarios, baremos distintos para calcular las indemnizaciones al finalizar un contrato va contra la no discriminación entre temporales e indefinidos consagrada por la Directiva comunitaria 1999/70/CE, así que el Gobierno español tendrá que tomar medidas para ajustar el Estatuto de los Trabajadores a las disposiciones europeas.

De este modo, los interinos tendrán derecho a percibir una compensación al rescindir su contrato; indemnización de la que ahora mismo carecen. Pero la argumentación del Tribunal va más allá y defiende que las indemnizaciones por despido deben ser iguales para todos, salvo que haya “razones objetivas”, y de estas últimas excluye el hecho de ser indefinido o no.

La cuestión no es baladí, dado que puede potencialmente afectar a los más de 3.900.000 contratados temporales en España.

En opinión de UPIT, la consecuencia lógica derivada de la aplicación de esta sentencia debería ser aumentar la indemnización de los contratos temporales para igualarla con la de los indefinidos y, en este sentido, reclamaremos al próximo Gobierno de la Nación la urgente modificación del Estatuto de los Trabajadores.

Adjuntamos, para quienes puedan tener interés, el texto íntegro de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duraci›ón determinada, y la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que ha motivado esta noticia.

Por otro lado, recordamos que no se trata de la primera sentencia relacionada con el principio de no discriminación reconocido por esta Directiva. Aquí puede consultarse comentario de Nicolás Martín Alonso a la STC 232/2015, de 5 de noviembre, publicado por el portal web Noticias Jurídicas.

2 thoughts on “Varapalo al sistema español de indemnización por despido

  1. Julián Lobete Pastor

    La directiva señalada es de 1999 y debia estar adaptada el 10 de julio de 2001, algo que evidentemente , no se ha llevado a cabo de forma completa y ya han pasado 15 años.
    Hay otros aspectos de la directiva, como la cláusula quinta, » Medidas destinadas a evitar la utilización abusiva de la contratación temporal» que en spaña no se han cumplido o se han cumplido de forma ineficiente. Resultado de ello es la abusiva utilización de la contratación temporal en nuestro pais. Utilización abusiva de la contratación temporal más discriminación en las condiciones de trabajo constituyen un compuesto de inequidad y desigualdad que nuestra sociedad está soportando hace tiempo. Ya es hora que la legislación sobre contratación temporal se adapte de verdad a las directivas europeas. Curiosamente en España, las directivas sociales no se cumplen pero sí y con celeridad las que recortan otros derechos.
    Curiosamente, el 14 de septiembre de 2016 también se dictó otra sentencia delTribunal Europeo en la que se declara no conforme a dercho la utilización sucesiva de contratos temporales en el sector sanitario de la Comunidad de Madrid en base a la misma Directiva.

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